La nueva Instrucción deja sin efecto las anteriores de 2010 y 2019, que permitían, en ciertos casos, la inscripción directa en el Registro Civil español de la filiación determinada en el extranjero. No obstante, conviene aclarar que este procedimiento solo era posible cuando existía una sentencia extranjera dictada en un procedimiento de jurisdicción voluntaria, lo cual, en la práctica, solo se producía en países como Grecia, Canadá y Estados Unidos.